Becas FP Comunidad de Madrid 2026-2027: Toda la Información

Becas FP Comunidad de Madrid (CAM)

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Además de este programa de becas, existe también la posibilidad de solicitar otras ayudas compatibles, como las del MEFP. Conoce toda la información sobre sus requisitos, cuantías o plazos aquí: Becas MEFP para FP Grado Superior 2026-2027

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid concede becas de Formación Profesional dirigidas a estudiantes que cursen ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior en centros privados autorizados ubicados en la Comunidad de Madrid. El plazo de solicitud se publica cada año en la convocatoria oficial del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

El importe de las becas irá destinado a financiar los gastos de reserva de plaza, matrícula y escolaridad, sin que el importe de la beca concedida pueda superar el coste total del curso por estos conceptos.

Actualización curso 2026/27: la Comunidad de Madrid ha anunciado una inversión de 30,5 millones de euros para becas de FP de Grado Medio y Grado Superior, dirigidas a alumnado matriculado en centros privados autorizados de la región en modalidad presencial, semipresencial o virtual. El plazo de presentación de solicitudes se abrirá tras la publicación de la convocatoria correspondiente en el BOCM.

Becas FP Grado Medio

¿Quién puede solicitar esta beca de FP de grado medio?

Los alumnos deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos previstos en la convocatoria oficial:

  • Estar matriculado o tener reserva de plaza para el curso correspondiente en un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Medio en un centro privado autorizado y ubicado en la Comunidad de Madrid.
  • Estar matriculado o tener reserva de plaza del curso completo, en modalidad presencial, semipresencial o virtual.
  • No superar la edad de 35 años, en el caso de los solicitantes de beca para el primer curso de Formación Profesional de Grado Medio; no superar la edad de 36 años en el caso de los solicitantes de beca para el segundo curso; y no superar la edad de 37 años en el caso de tercer curso de dobles titulaciones.
  • No ser alumno repetidor del curso para el que se solicita la beca.
  • No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.
  • Ser residente en la Comunidad de Madrid, tanto para la modalidad presencial como para la semipresencial o virtual. Para la modalidad semipresencial o virtual será necesario haber residido en la Comunidad de Madrid, como mínimo, los cinco años anteriores a la solicitud de la beca.
  • Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso escolar.

Más información en: https://www.comunidad.madrid/educacion/becas-fp-grado-medio-grado-superior

Becas FP Grado Superior

El importe de la beca será abonado de forma íntegra y con carácter mensual en el centro para el que se ha solicitado la beca. La cuantía total de la beca de cada alumno se distribuirá mensualmente durante el curso escolar, según lo establecido en la convocatoria oficial.

¿Quién puede solicitar esta beca de FP de grado superior?

Los alumnos que cursen estudios de Formación Profesional de Grado Superior deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado o tener reserva de plaza en algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior en un centro privado autorizado y ubicado en la Comunidad de Madrid, en modalidad presencial, semipresencial o virtual.
  • Estar matriculado del curso completo y no ser repetidor del mismo.
  • No superar la edad de 35 años, en el caso de los solicitantes de beca para realizar el primer curso de Formación Profesional de Grado Superior; no superar la edad de 36 años en el caso de los solicitantes de beca para realizar el segundo curso; y no superar la edad de 37 años en el caso de tercer curso de dobles titulaciones. En todos los casos, los solicitantes no deberán superar el límite de edad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.
  • Ser residente en la Comunidad de Madrid, tanto para la modalidad presencial como para la semipresencial o virtual. Para la modalidad semipresencial o virtual será necesario haber residido en la Comunidad de Madrid, como mínimo, los cinco años anteriores a la solicitud de la beca.

¿Cuánto dinero puedes recibir para tu beca CAM?

La cuantía de la beca anual se establece en función de la renta per cápita familiar y del curso que realice el alumno.

Para FP de Grado Superior, la Comunidad de Madrid ha anunciado para el curso 2026/27 cuantías de entre 2.500 y 3.250 euros anuales para primer curso, y de entre 1.925 y 2.525 euros para segundo curso y tercer curso en el caso de dobles ciclos, en función de la renta familiar.

Para FP de Grado Medio, las cuantías anunciadas oscilan entre 1.659 y 2.765 euros anuales, también en función de la renta familiar.

Además, los beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción (RMI) o del Ingreso Mínimo Vital (IMV) podrán recibir 3.500 euros en primero y 2.800 euros en segundo y tercer curso de Grado Superior. En Grado Medio, la cuantía será de 3.000 euros anuales.

Cuantías de las becas CAM

¿Cómo solicitar tu beca CAM?

Para solicitar las becas CAM, podrás encontrar toda la información detallada aquí: https://www.comunidad.madrid/educacion/becas-fp-grado-medio-grado-superior

Para el curso 2026/27, el plazo de presentación de solicitudes se abrirá tras la publicación de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Incompatibilidades

Las becas concedidas son incompatibles con otras ayudas o becas provenientes de la propia Comunidad de Madrid con finalidad similar, destinadas al estudio de Programas de Segunda Oportunidad, al ser estas incompatibles con cualquier otra beca o ayuda.

Las becas concedidas a través de las presentes bases reguladoras son compatibles con aquellas provenientes de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares nacionales o internacionales, siempre que, sumadas ambas, no se supere el coste de las cuotas correspondientes a la formación subvencionada.

Becas de Segunda Oportunidad (SEOP)

https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-segunda-oportunidad-0

Estas becas se dirigen a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que vayan a realizar estudios en Programas de Segunda Oportunidad y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria oficial.

  • Estar matriculado en un centro docente situado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizado por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades o, en su caso, en cualquier entidad sin ánimo de lucro que despliegue su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  • Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y reconocido como beneficiario a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los futuros estudiantes deberán registrar su solicitud a través de la web de la Comunidad de Madrid cuando comience el plazo oficial de la convocatoria. El plazo concreto se establece cada año tras la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Las ayudas tienen por objeto la realización de los siguientes estudios:

  • Curso de preparación de la prueba para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de 18 años.
  • Curso de formación específico, para el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
  • Curso de Formación Profesional de Grado Medio.
  • Curso de formación específico, para el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.
  • Curso de Formación Profesional de Grado Superior.
  • Programas profesionales, dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación Profesional de nivel 1 por alumnos que no tengan título de Educación Secundaria Obligatoria.

En la convocatoria 2025-2026, la cuantía total máxima de la beca fue de 2.800 euros por alumno, distribuida mensualmente según la cantidad que corresponda por cada uno de los meses de duración del curso y sin que pudiera superar el coste del curso subvencionado.

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