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Falso autónomo: qué es, cómo detectarlo y qué hacer si lo eres

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Martes, 14 Octubre 2025 08:30 Escrito por

El término “falso autónomo” se ha consolidado en los últimos años como una de las principales irregularidades en el ámbito laboral. Se refiere a aquellas personas que, pese a estar dadas de alta como trabajadores autónomos, mantienen una relación laboral encubierta con una empresa, cumpliendo horarios, siguiendo órdenes directas y sin capacidad real de decisión.

Es una situación habitual en sectores como el transporte, la enseñanza, el periodismo, el diseño, la traducción, el comercio o la informática. Y muchas veces, quienes la aceptan lo hacen por necesidad, por miedo a perder una oportunidad o por desconocimiento de que se trata de una práctica ilegal.

Este modelo fraudulento se extendió especialmente durante la anterior crisis económica, cuando muchas empresas recurrieron a autónomos para evitar los costes laborales asociados a un contrato por cuenta ajena: cotizaciones a la Seguridad Social, indemnizaciones por despido o derechos laborales básicos.

Hoy, aunque se han reforzado los mecanismos de control, el falso autónomo sigue presente en el mercado laboral. Por eso, es importante conocer qué lo define, cómo se detecta y qué consecuencias legales puede tener para ambas partes.

 

 Índice

 

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¿Qué es un falso autónomo?

Para entender cuándo se considera falso autónomo a un trabajador, primero hay que conocer la definición de falso autónomo. Se trata de una persona que, pese a estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), desempeña su labor bajo condiciones propias de un trabajador por cuenta ajena. Es decir, la empresa mantiene una relación laboral encubierta bajo la apariencia de una colaboración independiente.

La legislación laboral española establece una serie de criterios que permiten identificar si existe una relación laboral real y, por tanto, si el trabajador es un falso autónomo. Estos criterios se centran en los conceptos de dependencia, ajenidad, control horario y estructura empresarial:

Dependencia

El criterio de dependencia se da cuando el trabajador desarrolla su actividad siguiendo las directrices y órdenes de la empresa. Si la persona no puede organizar libremente su tiempo, tareas o métodos de trabajo, y está sujeta a las decisiones de un superior, estamos ante una señal clara de relación laboral. En un autónomo real, la autonomía y la capacidad de decisión son plenas.

Ajenidad

La ajenidad implica que los frutos del trabajo, los medios utilizados y los riesgos económicos recaen en la empresa, no en el trabajador. Si los ingresos no dependen directamente del resultado o de los clientes del autónomo, sino de la empresa contratante, existe ajenidad y, por tanto, indicios de ser un falso autónomo.

Control horario

Otro indicador esencial es el control del tiempo de trabajo. Un autónomo debe poder gestionar su jornada con libertad. Sin embargo, cuando la empresa impone horarios, turnos o fichajes, o exige presencia física continua, esa independencia desaparece, acercando la relación a la de un contrato laboral tradicional.

Estructura de empresa

Finalmente, se considera falso autónomo cuando la persona trabaja de forma permanente y exclusiva para una sola empresa, utilizando sus instalaciones, herramientas o recursos. En estos casos, el trabajador se integra plenamente en la estructura empresarial, actuando como un empleado más, aunque formalmente figure como autónomo.

El autónomo TRADE: una figura intermedia

Para no confundir el concepto de falso autónomo con otras modalidades legales, conviene entender qué es un autónomo económicamente dependiente (TRADE). Este tipo de profesional también trabaja principalmente para un solo cliente, pero lo hace de forma legítima y bajo unas condiciones reguladas por el Estatuto del Trabajador Autónomo.

Un autónomo TRADE debe cumplir ciertos requisitos específicos: al menos el 75 % de sus ingresos provienen de un solo cliente, pero mantiene su autonomía organizativa, dispone de sus propios medios de producción, puede contratar personal auxiliar o subcontratar parte de la actividad y asume el riesgo económico de su negocio.

La diferencia clave con el falso autónomo radica en el control y la subordinación. El TRADE decide cómo desarrolla su actividad y no está sujeto a órdenes directas ni a la estructura de la empresa. En cambio, el falso autónomo opera dentro de esa estructura, bajo la autoridad y los procedimientos internos del empleador, sin margen real de independencia.

Por tanto, la definición de falso autónomo implica siempre la existencia de una relación laboral encubierta, mientras que el autónomo TRADE representa una modalidad reconocida y legal del trabajo por cuenta propia, con protección jurídica específica y derechos particulares frente a su cliente principal.

Conocer estas diferencias es fundamental para evitar irregularidades, tanto para las empresas como para los propios profesionales. Identificar correctamente cuándo se considera falso autónomo ayuda a prevenir sanciones y garantiza que los derechos laborales se apliquen de forma justa.

En resumen, se considera falso autónomo cuando, pese a existir un contrato mercantil, la relación refleja una dependencia económica y organizativa con la empresa. Identificar correctamente esta situación es fundamental, ya que tiene implicaciones legales tanto para el trabajador como para el empleador.

 

Ejemplos reales de falsos autónomos

Para comprender mejor qué es un falso autónomo, resulta útil analizar ejemplos reales que reflejan cómo se manifiesta esta figura en diferentes sectores. Aunque la práctica puede encontrarse en casi cualquier ámbito, hay ciertos sectores donde los ejemplos de falsos autónomos son especialmente frecuentes por el tipo de actividad, la estructura empresarial y la demanda de flexibilidad en la contratación.

Logística y transporte

Uno de los casos más conocidos es el de los repartidores y conductores en empresas de transporte y mensajería. A pesar de estar dados de alta como autónomos, muchos de estos profesionales deben cumplir rutas, horarios y procedimientos establecidos por la empresa. Además, en muchos casos utilizan vehículos rotulados con la marca de la empresa o aplicaciones que monitorizan su trabajo en tiempo real, lo que limita su autonomía. Estos elementos reflejan una clara relación de dependencia y ajenidad.

Sanidad

En el sector sanitario, algunos profesionales (médicos, enfermeros o técnicos) son contratados como autónomos en clínicas privadas o centros concertados, pero trabajan bajo la estructura y organización de la entidad, con turnos fijos, jefes de equipo y sin capacidad de decisión sobre su actividad diaria. Aunque la relación está formalizada como mercantil, en la práctica se comporta como una relación laboral.

Educación y formación

Centros de formación, academias o universidades privadas han recurrido en ocasiones a profesores o formadores autónomos que imparten clases con horarios fijos, programas establecidos por la institución y sin posibilidad de modificar contenidos o metodología. La falta de control sobre cómo desarrollar su labor, junto con la obligación de cumplir con el calendario académico de la empresa, son indicios claros de falsos autónomos.

Periodismo y medios de comunicación

En el ámbito de la comunicación, muchos redactores o fotógrafos trabajan como autónomos para periódicos o agencias, pero están integrados en la rutina del medio, reciben encargos diarios, tienen entregas pautadas y dependen del criterio editorial. La falta de libertad para gestionar su trabajo y la dependencia económica directa de un solo medio suelen ser señales evidentes.

Servicios informáticos y diseño

En empresas de tecnología o agencias digitales, diseñadores, programadores o desarrolladores son contratados como autónomos, pero se integran en equipos internos, usan herramientas corporativas y están sujetos a la organización y tiempos del proyecto marcados por la empresa. Cuando el profesional no tiene libertad para gestionar sus tareas y trabaja de forma estable con un solo cliente, se puede considerar una relación laboral encubierta.

Estos ejemplos de falsos autónomos muestran cómo muchas relaciones de trabajo disfrazadas de autónomos ocultan condiciones laborales propias de empleados por cuenta ajena. Identificar estas situaciones no solo protege los derechos del trabajador, sino que también evita sanciones legales para las empresas contratantes.

 

Conductor autónomo con una tablet en su automóvil profesional

 

¿Qué hago si soy un falso autónomo?

Detectar que estás trabajando bajo condiciones que no corresponden con las de un verdadero profesional autónomo puede generar muchas dudas. Si te preguntas qué hago si soy un falso autónomo, es importante que sepas que existen mecanismos legales para defender tus derechos y regularizar tu situación.

A continuación, te explicamos los pasos clave que deberías seguir si sospechas que estás en una situación de falso autónomo:

1. Recopila pruebas

El primer paso fundamental es reunir todas las pruebas que demuestren la existencia de una relación laboral encubierta. Estos elementos son clave en caso de que decidas iniciar un procedimiento legal o administrativo. Entre las pruebas más comunes están:

  • Correos electrónicos o mensajes con instrucciones directas de superiores.
  • Documentos que acrediten horarios, turnos o calendarios impuestos.
  • Recibos o pagos mensuales fijos, independientemente del volumen de trabajo.
  • Acceso a herramientas, sistemas internos o instalaciones de la empresa.
  • Testimonios de compañeros u otros trabajadores en la misma situación.

Cuantas más evidencias puedas aportar, más fácil será acreditar que tu trabajo cumple los criterios de ajenidad, dependencia o integración en la estructura de la empresa. Estas son las principales pruebas de falso autónomo que suelen aceptarse en los tribunales.

2. Consulta con expertos

Antes de dar cualquier paso legal, es muy recomendable contar con el asesoramiento de profesionales. Puedes acudir a un abogado laboralista, un sindicato o una organización especializada en defensa de los derechos laborales. Ellos te orientarán sobre la mejor estrategia, los plazos y las consecuencias posibles.

También puedes consultar a la Inspección de Trabajo de forma confidencial para obtener información preliminar o iniciar un proceso de investigación si se confirma la irregularidad.

3. Denunciar si es necesario

Si tras valorar la situación decides actuar, puedes denunciar tu caso como falso autónomo a través de dos vías principales:

  • Inspección de Trabajo: Puedes presentar una denuncia anónima o identificada. Si la Inspección determina que existe una relación laboral, la empresa puede ser sancionada y obligada a contratarte legalmente con efectos retroactivos.
  • Demanda judicial: También puedes presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social para reclamar el reconocimiento de la relación laboral, la correspondiente indemnización o incluso los derechos laborales no disfrutados (vacaciones, bajas, cotizaciones, etc.).

Denunciar un falso autónomo puede parecer arriesgado, pero es la vía legal para hacer valer tus derechos y evitar que esta práctica se siga normalizando.

Recuerda que trabajar como falso autónomo implica una pérdida de derechos laborales y de protección social. Informarte, asesorarte y actuar con pruebas es el mejor camino para regularizar tu situación profesional y proteger tu futuro laboral.

 

Consecuencias legales y laborales de ser un falso autónomo

Entender las consecuencias de ser un falso autónomo es clave para valorar el impacto que tiene esta figura, tanto para la empresa como para el propio trabajador. A pesar de que pueda parecer una vía “más flexible” para ambas partes, se trata de una práctica ilegal que puede tener serias repercusiones legales, económicas y laborales.

Antes de entrar en detalle, conviene recordar que los falsos autónomos son personas dadas de alta como autónomos pero que, en realidad, desarrollan su trabajo bajo condiciones propias de un contrato por cuenta ajena. Por tanto, no se trata de una figura alegal ni de una “zona gris”: es una irregularidad sancionable.

Multas y sanciones para la empresa

Una de las principales consecuencias legales del falso autónomo recae sobre la empresa que incurre en esta práctica. Si la Inspección de Trabajo o un tribunal determina que existe una relación laboral encubierta, la empresa se enfrenta a:

  • Multas económicas de entre 3.750 y 12.000 euros por cada trabajador afectado, según la gravedad.
  • Obligación de pagar las cotizaciones a la Seguridad Social no ingresadas durante todo el tiempo que ha durado la relación irregular, con recargos e intereses.
  • Posibles sanciones adicionales por fraude a la Seguridad Social si se demuestra intencionalidad o reiteración.

Además del impacto económico, la empresa puede ver afectada su reputación y su posibilidad de acceder a licitaciones públicas o subvenciones si se acredita que ha utilizado esta figura de forma sistemática.

Reconocimiento como trabajador por cuenta ajena

Desde el punto de vista del trabajador, una vez que se acredita la condición de falso autónomo, el juez o la administración puede declarar la existencia de una relación laboral ordinaria. Esto supone el reconocimiento inmediato como trabajador por cuenta ajena, con todos los derechos que ello implica: contrato laboral, cotización al régimen general, vacaciones, bajas, permisos, indemnizaciones, etc.

En muchos casos, este reconocimiento puede tener carácter retroactivo, lo que permite al trabajador reclamar derechos no disfrutados o indemnizaciones por despido improcedente si su relación laboral se extinguió de forma irregular.

Retroactividad de derechos y cotizaciones

Una consecuencia clave es la retroactividad. Si el falso autónomo demuestra que ha estado en esta situación durante un periodo determinado, puede solicitar:

  • El ingreso de las cotizaciones sociales correspondientes por parte de la empresa, como si hubiera sido contratado legalmente desde el inicio.
  • La regularización de su situación en la Seguridad Social, incluyendo prestaciones futuras (jubilación, incapacidad, desempleo, etc.).
  • La reclamación de salarios, indemnizaciones o vacaciones no abonadas durante el periodo afectado.

En definitiva, las consecuencias de ser un falso autónomo van mucho más allá de un simple malentendido contractual. Afectan directamente a la protección social del trabajador y pueden tener un impacto económico y legal importante para la empresa.

Por eso, conocer bien qué es un falso autónomo y actuar a tiempo es fundamental para garantizar relaciones laborales justas y evitar conflictos futuros.

 

¿Cuándo prescribe una situación de falso autónomo?

Una de las dudas más frecuentes entre quienes detectan que han estado trabajando como falsos autónomos es si todavía están a tiempo de reclamar sus derechos. Saber cuándo prescribe una situación de falso autónomo es clave para actuar dentro de los plazos legales y evitar perder la posibilidad de regularizar la situación o reclamar compensaciones.

La prescripción del falso autónomo depende de la vía por la que se actúe: si es el propio trabajador quien presenta la reclamación o si es la Inspección de Trabajo quien actúa de oficio o tras una denuncia.

1. Prescripción para el trabajador

Si eres tú, como trabajador, quien decide reclamar judicialmente que tu relación como autónomo en realidad era una relación laboral encubierta, debes tener en cuenta los siguientes plazos:

  • 1 año para reclamar cantidades económicas derivadas de salarios impagados, vacaciones no disfrutadas o indemnizaciones. Este plazo empieza a contar desde que se dejó de percibir cada cantidad o desde la finalización del contrato (o actividad).
  • 20 días hábiles para impugnar un despido si tu colaboración ha finalizado de forma unilateral y consideras que, al ser un falso autónomo, en realidad ha habido un despido improcedente.
  • No hay un plazo fijo para solicitar el reconocimiento de la relación laboral, pero es importante hacerlo cuanto antes para evitar problemas probatorios o conflictos con otros plazos.

Si estás aún desarrollando la actividad, puedes iniciar el proceso en cualquier momento, aunque se recomienda actuar sin demoras, especialmente si existen irregularidades graves o cese de actividad.

2. Prescripción para la Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social también puede actuar ante una situación de falso autónomo. En estos casos, el plazo de prescripción es:

  • 4 años desde el inicio o cese de la relación laboral encubierta para exigir el pago de cotizaciones a la empresa y regularizar la situación del trabajador.
  • En caso de infracciones muy graves o reincidencias, podrían aplicarse sanciones adicionales, aunque siempre dentro del límite de los 4 años desde que se produjo la infracción.

Esto significa que si la Inspección detecta que una empresa ha mantenido falsos autónomos en plantilla durante ese periodo, puede obligarla a pagar todas las cuotas a la Seguridad Social correspondientes, con recargos e intereses.

Importancia de actuar a tiempo

Aunque los plazos pueden parecer amplios, en la práctica los retrasos pueden dificultar el proceso: la pérdida de pruebas, la falta de documentación o el cambio de circunstancias laborales pueden limitar la capacidad de demostrar la relación laboral real.

Por eso, si tienes dudas sobre si tu situación puede encajar en un caso de falso autónomo, lo más recomendable es consultar con un profesional y actuar con agilidad. Conocer exactamente cuándo prescribe un falso autónomo puede marcar la diferencia entre recuperar tus derechos o perder la oportunidad de hacerlo.

 

Trabajadora autónoma en su estudio de fotografía

 

¿Cómo se calcula la indemnización si se demuestra la situación de falso autónomo?

Cuando se reconoce legalmente que una persona ha estado trabajando como falso autónomo, se abre la posibilidad de reclamar una serie de compensaciones económicas por el tiempo trabajado en situación irregular. El cálculo de la indemnización por falso autónomo dependerá de varios factores, todos ellos orientados a restaurar los derechos que se han visto vulnerados durante la relación laboral encubierta.

A continuación, repasamos los elementos clave que influyen en este cálculo:

Antigüedad reconocida

El primer paso para calcular la indemnización es determinar la antigüedad real del trabajador en la empresa. Esto se hace desde el momento en que se inició la actividad como falso autónomo. Esa antigüedad es fundamental si se reclama una indemnización por despido improcedente, ya que se aplican los mismos criterios que a un trabajador por cuenta ajena:

  • 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades (para contratos iniciados a partir de febrero de 2012).
  • 45 días por año trabajado para el periodo anterior a esa fecha, si corresponde.

Este cálculo se realiza sobre la base salarial habitual del trabajador, es decir, los ingresos regulares que ha venido percibiendo de la empresa.

Regularización de cotizaciones

Otro elemento importante es la regularización de las cotizaciones a la Seguridad Social. Si el trabajador ha estado cotizando por el Régimen Especial de Autónomos (RETA), pero su actividad correspondía al Régimen General, la empresa debe abonar todas las cuotas correspondientes al periodo trabajado, con recargos e intereses.

Además, el trabajador podrá exigir que se le reconozca todo el tiempo trabajado como periodo cotizado en el régimen adecuado, lo que puede afectar a futuras prestaciones: jubilación, incapacidad, desempleo, etc.

Salarios impagados y derechos laborales

Al ser reconocida la relación laboral, el trabajador puede reclamar todos los derechos salariales no disfrutados durante el tiempo que trabajó como falso autónomo:

  • Pagas extra no abonadas.
  • Vacaciones no disfrutadas ni retribuidas.
  • Horas extra, pluses o complementos según el convenio colectivo aplicable.

Estos conceptos pueden reclamarse con efecto retroactivo, habitualmente con un límite de un año desde que se dejaron de percibir, según el plazo de prescripción para reclamar cantidades salariales.

Indemnización adicional por daños y perjuicios

En algunos casos, si se demuestra que la empresa actuó de forma dolosa o con ánimo de eludir sus obligaciones, se puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios. Esta suele tener en cuenta:

  • La pérdida de protección social durante el tiempo trabajado como autónomo.
  • El perjuicio económico sufrido por no haber cotizado correctamente.
  • La imposibilidad de acceder a prestaciones sociales o subsidios.

En resumen, el cálculo de la indemnización por falso autónomo es una suma de diferentes conceptos: indemnización por despido, salarios pendientes, vacaciones, cotizaciones no ingresadas y posibles daños adicionales. Cada caso es único y debe valorarse individualmente, por lo que siempre es recomendable contar con asesoramiento jurídico especializado para garantizar que se reconozcan todos los derechos vulnerados.

 

Falso autónomo vs autónomo real: cómo diferenciarlos

Una de las dudas más frecuentes entre profesionales y empresas es cómo distinguir entre un autónomo real y un autónomo falso. La confusión puede surgir porque, en apariencia, ambos están dados de alta como trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, las diferencias en la relación con la empresa y en la forma de organizar su actividad son fundamentales para entender qué es ser falso autónomo y evitar incurrir en una situación ilegal.

El falso.autónomo opera bajo condiciones propias de un trabajador por cuenta ajena, mientras que el autónomo real mantiene su independencia en la organización y ejecución de su trabajo. A continuación, se muestran las principales diferencias en una tabla comparativa:

Aspecto Autónomo real Falso autónomo
Organización del trabajo Organiza libremente su actividad, tiempos y métodos. La empresa impone horarios, tareas y formas de trabajar.
Subordinación No responde ante superiores jerárquicos de la empresa. Está sujeto a órdenes, instrucciones y supervisión directa.
Clientes Puede tener varios clientes y buscar nuevos proyectos. Trabaja exclusivamente para una sola empresa.
Facturación Emite facturas por servicios prestados con libertad de tarifas. Recibe pagos periódicos fijos, similares a una nómina.
Medios de producción Utiliza sus propios recursos, herramientas y espacios. Usa los medios, equipos e instalaciones de la empresa.
Riesgo económico Asume el riesgo de su actividad, beneficios o pérdidas. No asume riesgos: percibe ingresos fijos y estables.
Derechos laborales No tiene acceso a vacaciones retribuidas, bajas ni indemnizaciones. No los tiene formalmente, pero deberían corresponderle al demostrarse la relación laboral.

Identificar correctamente si se trata de un autónomo falso es fundamental para proteger los derechos del trabajador y evitar sanciones legales a la empresa. Si se cumplen varios de los criterios del falso autónomo, lo recomendable es analizar la situación con un profesional y valorar su regularización.

Comprender qué es ser falso autónomo no solo ayuda a los trabajadores a defender sus derechos, sino también a las empresas a adoptar buenas prácticas laborales dentro del marco legal vigente.

 

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